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Principio de Virtudes y Defectos

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iovis
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Enviado el 20-ago-2009, 17:53 h. (0) Citar
Sobre la Common Law... es el sistema legal anglosajón basado en la jurisprudencia. Como jurista, os puedo decir que a pesar de usarse habitualmente el término "Derecho Anglosajón" para referirse a la Common Law, existe toda un discusión sobre si debe usarse ese nombre o "Derecho Común".
Yo en mis sagas prefiero dividir entre derecho civil y derecho canónico, teniendo en cuenta que el derecho canónico sí que es común (entre los católicos), y el derecho civil, exceptuando lo que no venga del derecho romano, suele cambiar de un sitio a otro.
Que exista la habilidad referida al derecho inglés es un tanto anglocentrista (y eso que la saga que llevo ahora se desarrolla en Cornwall). Lo mismo que el hecho de tener tres tribunales en las islas británicas, cuando bastarían uno o dos a lo sumo.
Recordad que la Common Law se oficializó en Inglaterra bajo el mandato de Enrique II, con lo que las sagas ubicadas antes del 1160 no deberían usar la nomenclatura Common Law.

En cuanto a "Cultura de Area", creo que me gusta más "Conocimiento de Area". Una cuestión de gustos.

Un saludo a todos.
Firmado por iovis Experiencia: Siervo (+2 puntos de 4 mensajes enviados)
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